EL SANTO CÁLIZ
DE LA CENA (SANTO GRIAL)
VENERADO EN
VALENCIA (VII)
José Sanchis y
Sivera
(Canónigo de la
Catedral de Valencia)
Valencia 1914
CAPÍTULO VI
Entrega del
santo Cáliz, venerado en S. Juan de la Peña, al rey D. Martín. —
La escritura de
donación. —
La carta de S.
Lorenzo. —
Alfonso V en
Valencia, y depósito de alhajas y reliquias suyas en la catedral. —
Cuándo pasó el
Cáliz desde la Aljafería al Palacio Real valenciano. —
Su entrega al
Cabildo. —
Documentos. —
Hallábase en Zaragoza
el rey de Aragón y de Sicilia don Martín el Humano, con motivo de su solemne
coronación celebrada en aquella catedral el 15 de abril de 1399, y llevado de
su gran devoción al culto de las reliquias, entró en deseos de poseer el
santo Cáliz de la Cena, que se guardaba en el monasterio de San Juan de la
Peña, para aumentar con él el tesoro religioso que tenía en su palacio de la
Aljafería. A este efecto envió á dicho monasterio á su consejero el obispo
titular de Atenas, el cual manifestó al prior y capítulo los reales deseos, siendo
tan bien recibidos, que unánimemente resolvieron aquéllos entregar la alhaja.
Al conocer el monarca aragonés el buen resultado de sus pretensiones, mandó
dar para el servicio del monasterio, y en agradecimiento á la buena voluntad
de los religiosos, un cáliz de oro que tenía en su capilla, de cien marcos
zaragozanos y una onza de peso, adornado de imágenes y escudos de esmalte.
La escritura de
donación, otorgada por el prior del monasterio, se hizo el 26 de septiembre de
1399, en la capilla del palacio real de la Aljafería, suscribiéndola por
mandato del rey su secretario Berenguer Sarta. El documento auténtico original
hállase en el Archivo de la Corona de Aragón, en Barcelona, y traducido literalmente
dice así:
«En el nombre de
Dios. Sea á todos manifiesto que como el excelentísimo príncipe y señor Don
Martín, por la gracia de Dios rey de Aragón, Valencia, Mallorca, Cerdeña y
Córcega, y conde de Barcelona, del Rosellón y de la Ciretania, haya deseado y
procurado con ahinco tener en su capilla real aquel Cáliz de piedra en el cual
nuestro Señor Jesucristo, en su santa Cena, consagró su preciosa Sangre, y
que el bienaventurado Lorenzo, que lo recibió de San Sixto, entonces Sumo Pontífice,
cuyo discípulo era, y diácono de Santa María in domnit., envió y dió CON UNA CARTA SUYA al monastcrio y convento
de S. Juan de la Peña, situado en las montañas de Jaca, del reino de Aragón,
con cuyo Cáliz, los abades, priores y sacerdotes del monasterio acostumbraban
después á consagrar; y para tener dicho Cáliz el referido señor rey envió
al mismo monasterio al reverendo en Cristo padre Antonio, arzobispo de los atenienses,
consejero suyo. Finalmente, el viernes que contábamos día 26 de septiembre
del año de la natividad del Señor 1399, el dicho reverendo arzobispo y el
religioso Fr. Bernardo, prior del referido monasterio, manifestaron al señor
rey, estando en su capilla menor de la Aljafería de la ciudad de Zaragoza, que
explicada la credencial, de su parte á los frailes de dicho monasterio, todos
los priores y religiosos, reunidos en capítulo sobre la entrega del sagrado
Cáliz, deliberaron unánimemente concederlo al señor rey.
»Hecha su
relación el prior, en nombre suyo y de su convento, presentó al señor rey y
entregó en sus manos el Cáliz lapídeo; y el señor rey, recibido en sus
manos el Cáliz, queriendo hacer alguna gracia por ello al monasterio, dio y
puso en manos del prior, para el servicio del dicho monasterio, un cáliz de
oro de su capilla, de cinco marcos zaragozanos y una onza de peso, en el que se
hallan las señales siguientes, á saber: en el pie, tres esmaltes, dos timbres
y un Cristo crucificado, y en el pomo, que está en medio, seis esmaltes, dos
con las armas de Aragón, dos con las insignias de los reyes y dos imágenes de
San Jorge con una cruz, y en la patena tenía esmaltado al Padre Eterno.
»De este cáliz
de oro hizo donación el señor rey al monasterio indicado, con la condición
de que el abad mayor y priores del mismo no puedan vender ni empeñar dicho
cáliz por ningún tiempo, para que sirva á dicho monasterio y sea destinando
á su servicio solamente. Y de no vender ni empeñar dicho cáliz el abad mayor
y priores que ahora son y por tiempo serán, tienen que prestar juramento. El
dicho prior, recibido del señor rey el cáliz de oro con la patena, prometió,
con rendidas gracias, el indicado pacto de no venderlo ni empeñarlo, y guardar
el referido cáliz, en cuanto de su parte estuviera, y en la entrega que de él
había de hacer al convento, obligar la observancia de dicho pacto, como arriba
se dice.
»De todas y cada
una de dichas cosas, el señor rey mandó á mí, Berenguer Sarta, secretario
suyo, que me hallé presente, hacer un documento en testimonio de lo que
antecede, en presencia de los nobles testigos Berenguer de Cruilles, Roger de
Moncada y Olfo de Próxida, caballeros consejeros y camarlengos del dicho
señor rey.
»Señal de mí
Berenguer Sarta, secretario de dicho rey, y por su autoridad real notario
público por todas sus tierras y señoríos, que con los dichos intervine, como
se contiene anteriormente, y lo hice escribir y cerré, etc.»
[«In Dei nomine.
Pateat universis quod cum Excellentissimus Princeps et D. Dominus Martinus Dei
gratia Rex Aragonum, Valentiae, Maioricarum, Sardiniae et Corsicae, Commesque
Barcinonae, Rossillionis et Ceritaniae desideraret et affectaret multum, habere
in Capella sua illum Calicem lapideum cum quo Dominus noster Jesus Christus in
sua sancta Coena Sanguinem suum preciosissimum consecravit et quem beatus
Laurentius, qui ipsum habuit a Sancto Sixto existente Summo Pontifice cuius
discipulus erat ac Diaconus sanctae Mariae in domnit. misit et dedit cum eius LITTERA,
monasterio et conventui Sancti Joahnnis de la Penya, sito in montaneis Jaccae
Regni Aragoni, cum quo Calice postea abbates, priores et presbiteri dicti
monasterii consecrare consueverunt. Et pro dicto habendo Calice, dictus Dominus
Rex, Reverendum in Christo Patrem Antonium Archiepiscopum Athenarum consiliarum
suum ad dictum monasterium destinasset. Tandem die veneris, intitulata vicesima
sexta die Septembris, anno a nativitate Domini millesimo trecentesimo nonagesimo
nono, dictus Reverendus Archiepiscopus et religiosus frater Bernardus prior
claustrii dicti monasterii, fecerunt relationem praedicto Domino Regi existenti
in sua capella minori Aljaferiae civitatis Caesaraugustae, quod explicata
credentia per ipsum Archiepiscopum ex parte dicti Domini Regis conventui
praedicti monasterii omnes priores et monachi ipsius monasterii tenuerunt
capitulum super traditione calicis supradicti. Et finaliter deliberarunt
concedere dictum Calicem, nemine discrepante, Domino Regi prae- dicto. Quibus
recitatis praedictus prior nomine suo et dicti monasterii, praesentavit dicto
Domino Regi, et tradidit in manibus suis Calicem lapideum. Et ipse Dominus Rex,
recepto in manibus suis Calice supradicto, volens facere dicto monasterio
gratiam aliquam pro eodem, dedit et tradidit in manibus dicti prioris, ad opus
monasterii jam dicti, unum calicem aureum capellae suae ponderantem, ad pondus
Caesaraugustae, marcos quinque et unciam unam, in quo quidem calice aureo supradicto
sunt signa sequentia, videlicet, in pede tres esmalti, duo timbra et unus
crucifixus Jesu Christi, et in pomo, qui est in medio, sex esmalti, duo ad
signum Aragonum, duo regales et duo Sancti Georgii cum, et in patena est unus
esmaltus Dei Patris. Quam quidem donationem de praedicto calice aureo, fecit
praedictus Dominus Rex monasterio supradicto sub tali conditione, videlicet,
quod ipsum calicem abbas majoralis et priores praedicti monasterii nec vendere nec
impignorare possint seu valeant ullo modo, quinimo calix ipse serviat dicto
monasterio et ad sui servitium sit solummodo deputatus. Et de praedicto calice
non vendendo et impignorando dicti abbas majoralis et priores qui nunc sunt et
pro tempore fuerint, teneantur juramentum praestare. Qui quidem prior recepto
dicto calice aureo cum sua patena praedicta a Domino Rege praedicto, cum gratiarum
actione, promissit dictum pactum de non vendendo nec impignorando, calicem
supradictum servare quantum in eo fuerit et in traditione per ipsum fienda de
eodem calice conventui supradicto servari facere dictum pactum per dictum
conventum, prout superius continetur. De quibus omnibus et singulis supradictis
Dominus Rex jam dictus, mandavit per me Berengarium Sarta, secretarium suum,
praesens fieri instrumentum in testimonium praemissorum, praesentibus testibus
nobilibus Berengario de Crudiliis, Rogerio de Montecateno et Olfo de Proxida, militibus
consiliariis et camarlengis dicti Domini Regis.
Signum mei
Berengarii Sarta, secretarii dicti Domini Regis et auctoritate regia notarii
publici per totam terram et dominationem ipsius Domini Regis qui praedictis ut
continentur superius interfui, et haec scribi, feci et clausi.
Exemplum
hujusmodi instrumenti, in his duobus papyri foliis expressum, ego Raphael
Domenec, S. C. R. majestatis archivarius, et scriba mandati, per totam terram
et ditionem suam notarius publicus Barcinonae populatus, sumpsi ab ejus
originali inserto in charta pergamena de numero primo intitulata, recondita in
armario primo instrumentorum facientium pro negotiis generalibus Cathaloniae,
regii archivi et legitime comprobavi et ut fides plenior impendatur, die tertio
Maii anno a nativitate Domini millesimo sexcentisimo vicesimo septimo, meum hic
appono signum.
Ego Michael
Pérez catholicae et regiae Majestatis mandati scriba Regens protonotariam in
presenti locumtenentia generali Cathaloniae Barcinonae populatus attestor quod
supradictus Raphael Domenec qui hujusmodi exemplum subsignavit et clausit est
domini nostri Regis archivarius et scriba mandatis Barcinonae populatus fidelis
et lega lis ejusque instrumentis et scripturis publicis et autenticis huic
similibus in judicio et ex fide indubia ab omnibus adhibetur et adhiberi solet.
In quorum testimonium praesentem manu propia subscripsi et regio sigillo parvo
in posse meo existenti munivi. Barcinonae die quarta mensis Maii anno a
nativitate domini millesimo sexcentesimo vigesimo septimo. Michael Pérez
(Rubricado y sellado)»].
Hasta aquí el
documento original conservado en el archivo de Barcelona.
Tomamos el
anterior documento de un testimonio en forma legal y copia simple del Archivo
General de la Corona de Aragón, en Barcelona, que se custodia en el Archivo de la Catedral de Valencia,
signatura 47:7. Con la misma signatura se guarda otro testimonio librado por
Miguel Juan Amat, archivero de dicho establecimiento público de Barcelona, con
fecha 11 de Mayo de 1615.
Consta, pues,
por el anterior documento, que reúne todos los requisitos de autenticidad, que
el santo Cáliz que se guardaba en S. Juan de la Peña, fué entregado por su
abad al rey D. Martín, para tenerle y venerarle en su palacio real de la
Aljafería.
Era este palacio
suntuosísimo, el cual fué construido por el rey moro de Zaragoza Aben Alfaje,
en el siglo IX, habitándolo todos sus sucesores. Cuando conquistó la ciudad
Alfonso I, pasó el palacio á ser vivienda de los reyes de Aragón, que habitaron
en él largas temporadas, haciendo importantes obras de embellecimiento. Hoy
sólo quedan sus gloriosos recuerdos y algunos restos de perdida grandeza, sin
murallas, ni almenas, ni jardines, convertido en antiestético caserón, cuya
fachada principal se rompe en aborrecibles huecos de sabor moderno. En la
iglesia del castillo, situada á la derecha de la puerta de entrada, se veneró
el sagrado Cáliz en tiempos del rey D. Martín. En el Museo provincial de
Zaragoza se conservan una porción de trozos de columna, capiteles, frisos,
celosías, etc., de lo que fué suntuosa mansión real. Puede verse El castillo de la Aljafería, por J.
Galial, guía ilustrada del mismo, impresa en 1906.
Nótese que en
el documento original transcrito, se habla, como testimonio coetáneo é
irrefragable, de la carta que, juntamente con el Cáliz de Cristo, entregó S.
Lorenzo al enviarlo á España. Dicha carta original conservóse, sin duda,
muchos siglos en Huesca, como principalísima reliquia, de donde la llevaron á
S. Juan de la Peña en la pérdida de España, y si dicho monumento histórico
ha desaparecido, no puede ponerse en duda su existencia entonces, por
confirmarlo así el auto auténtico del rey D. Martín, que copiado queda. Es
digno de observarse también que en dicho auto se dice que la carta y el Cáliz
los envió S. Lorenzo al monasterio, sin indicar nada de Huesca. A esto contesta
el tantas veces citado Agustín Sales: «Como la reliquia de la carta y el
Cáliz estaban poco antes de recibirse este auto en S. Juan de la Peña, pensó
el notario que lo otorgó, que allí lo había enviado el Santo, pero en esto
recibió equivocación, pues es cierto lo envió todo á su patria Huesca, como
consta en escritura testificada el año 1134».
Esta carta,
añade el citado escritor, de cuya existencia nadie duda, por ser testimonio de
tanta antigüedad y coetánea á S. Lorenzo, sin repugnar á ningún otro
escrito ni tradición igualmente antigua, es de tanto peso y autoridad, que aun
en todo rigor de crítica hace argumento concluyente. De ella se deducen dos
cosas: la primera, que lo que hay en el auto de que S. Lorenzo envió á Huesca
desde Roma el Cáliz, el cual obtuvo del Sumo Pontífice S. Sixto, se sacó de
esta carta, que aún existía; la segunda, que viniendo á España esta sagrada
reliquia por los años 261, enviada por S. Lorenzo, con carta suya auténtica
en que aseguraba ser éste el mismo Cáliz en que Cristo consagró, es señal
evidentísima que hasta el tiempo de su martirio se conservaba y veneraba en
Roma esta sagrada reliquia, desde el tiempo de los apóstoles, con la fe y
tradición inviolable de ser el mismo que sirvió para la institución de la
Eucaristía. De lo contrario, no es creíble que la escribiese el Santo, y al
manifestar esta circunstancia, muestra que escribió el documento en vista de
otros auténticos de Roma, ó tradición en aquella ciudad conservada desde S.
Pedro, anterior poco más de dos siglos á su martirio; y el contenido de esta
carta se difundió por todas partes, especialmente por el reino de Aragón,
hasta hacerse constar en el auto de la entrega de la alhaja al rey D. Martín.
Respecto al traslado
del santo Cáliz á Valencia, consignaremos todas las noticias documentadas que
poseemos. Apenas llegado á Valencia el rey D. Alfonso V, que en su viaje desde
Nápoles había saqueado á Marsella y apoderado de las cadenas que cerraban su
puerto y del cuerpo de S. Luis, obispo de Tolosa, que se tenía allí en gran
veneración, resolvió entregar ambas gloriosas preseas de su valerosa hazaña
á la Catedral de Valencia. Sin embargo, en lo que respecta al cuerpo del Santo
no lo hizo hasta algunos años después; pero teniendo que abandonar esta
ciudad por motivos políticos que le reclamaban á otra parte, determinó depositar
en la sacristía de la Catedral el sagrado despojo, juntamente con otras muchas
alhajas y reliquias. En efecto, el 11 de abril de 1424, según consta en escritura
pública, con asistencia de los canónigos y jurados deputados para ello, se
hizo la entrega de una caja, que quedó depositada en la sacristía de dicha
Catedral, en la cual había muchas reliquias y joyas, que se indican someramente
en el justiprecio de las piedras preciosas que contenían, según consta en el
mismo documento. El erudito Sales creyó que el santo Cáliz se encontraba
entre dichas reliquias y alhajas, pero no leyó el ligero inventario de ellas,
que hemos visto nosotros, en el cual no se dice nada de la reliquia de la Cena
del Señor (Notal de Jaime Pastor, 11 de abril de 1424, folio 149, volumen
3.546, y notal de Juan López, 4 de septiembre de 1426, volumen 3.532, ambos en
el Archivo de la Catedral de
Valencia).
Es probable que
el santo Cáliz y otras muchas reliquias que se veneraban en la capilla real de
la Aljafería, estuvieran todavía allí cuando se extendió el documento que
mencionamos, en el que se habla también del cuerpo de S. Luis, ó se hallaban
en camino de Valencia, pues dado el amor que el rey Alfonso V profesaba á esta
ciudad, las mandaría traer para colocarlas en la real capilla de su palacio,
en el que había hecho importantísimas obras, convirtiéndolo en una vivienda
encantadora, con jardines, estanques, bosques y un departamento zoológico
interesantísimo, acaso de los primeros de Europa.
El antiguo
palacio del Real fué en un principio vivienda árabe que D. Jaime el
Conquistador ensanchó y habitó, lo mismo que sus sucesores, convirtiéndolo
en un lugar de delicias el rey D. Alfonso V. Los más hábiles arquitectos
valencianos habían dejado en él huellas de su ingenio. Muchísimas exquisitas
obras de arte, una fastuosa decoración y el recuerdo de todas las glorias y
sucesos trascendentales de la historia de Valencia, se encerraban entre sus
paredes. Fué derribado en 1810 con el fútil pretexto de que las tropas
francesas podrían allí fortificarse si ponían sitio á la ciudad. Véase la Guía Urbana de Valencia, de Cruilles,
tomo II, pág. 221.
Lo cierto es que
en 1437 se hallaba el santo Cáliz en la capilla del Real de Valencia, de donde
se trasladó, con todas las demás insignes reliquias, á la sacristía de la
Catedral, como vemos por el siguiente documento fechado en 18 de marzo de dicho
año, que, traducido del valenciano, dice así:
«Sepan todos y
cada uno, que como el honorable mosén Antonio Sanz, canónigo y pavorde de la
catedral de Valencia, capellán mayor de la capilla del muy alto señor rey,
tuviera en su poder y custodia ciertas reliquias y joyas de la capilla del
dicho señor, y, por muerte de aquél, las referidas reliquias y joyas están
en peligro de perderse y desaparecer; y por esta razón el muy alto señor D.
Juan, rey de Navarra, gobernador y lugarteniente general del susodicho muy alto
señor rey, el cual estaba entonces personalmente constituido en la ciudad de
Valencia, ha proveído y mandado que las indicadas reliquias y joyas sean
inventariadas en inventario público, y puestas en la sacristía de la Catedral
de dicha ciudad y conservadas en ella, juntamente con las otras reliquias,
joyas y bienes de la misma Catedral, para su conservación y guarda. Por tal,
el lunes, á 18 de marzo del año de la natividad de nuestro Señor 1437, los
honorables D. Francisco Baró, tesorero del señor rey de Navarra, y D.
Bernardo Estellers, regente en el oficio de Maestro Racional de la Corte del mismo
señor rey en el Reino de Valencia, por interés y parte del dicho señor, y
mosén Francisco Daríes, mosén Juan Llanzol, maestro Antonio Bou y micer
Gauderico Soler, canónigos de dicha Catedral, por el honorable cabildo de
aquélla para ello especialmente deputados y por interés también de la misma
Catedral, en cuya sacristía las indicadas reliquias y joyas, según arriba se
dice, se deben poner y conservar, llamados y convocados para esto D. Pedro de
Anglesola por parte del dicho señor rey, y Jaime de Monfort, notarios
públicos, por parte del honorable Cabildo, para esto deputados y en poder de
aquéllos, hicieron documento público de las reliquias y joyas, en la forma
siguiente:
Primeramente,
una caja de pino, cubierta de tela encarnada, ribeteada de cinta blanca con
escudos de Aragón y de Sicilia, dentro de la cual fueron encontradas las joyas
y cosas siguientes...
Idem, el Cáliz
en que Jesucristo consagró la Sangre el Jueves de la Cena, hecho con dos asas
de oro, cuyo pie, del mismo color que el Cáliz, está guarnecido alrededor de
oro con dos rubíes y dos esmeraldas en el pie, y con veintiocho perlas comparadas
al grueso de un guisante alrededor del pie de dicho Cáliz, dice el perito D.
Francisco Ferrer que dichos rubíes son granates...»
[«Eadem die lune
(18 marzo 1437).— Pateat universis et singulis.
Que com lo
honorable mossen Nanthoni Sanç Canonge e pabordre de la seu de Valencia capella
maior de la capella del molt alt senyor Rey tingues en son poder e custodia
certes reliquies e joyes de la capella del dit senyor e per mort daquell les
dites reliquies e joyes fossen en perill de perdre e absegarse. E per aquesta
raho lo molt alt senyor don Johan Rey de Navarra Gobernador e lochtinent general
del dit molt alt senyor Rey lo qual la donch era en la ciutat de Valencia
personalment constituit hagues proveit e manat les dites reliquies e joyes
esser inventariades en inventari publich e meses en la sacristia de la seu de
la dita ciutat e conservades en aquella ensemps ab les altres reliquies joyes e
bens de la dita seu per conservacio e tuicio de aquelles. Per tal diluns a
xviii del mes de març del any de la nativitat de nostre senyor mil quatrecens
trentaset los honorables en francesch baro tresorer del dit senyor Rey de
Navarra e en bernat estellers Regent lo offici de mestre Rational de la cort
del dit senyor Rey en Regne de Valencia per interes e part del dit senyor e
mossen ffrancesch daries mossen Johan lançol maestre Anthoni bou e micer Gauderich
de soler canonges de la dita seu per lo honorable capitol de aquella a aço specialment
deputats e per interes encara de la dita seu en la sacristia de la qual les
dites reliquies e joyes segons damunt es dit deuen esser messes e conservades
appellat e convocats a aço en pere danglesola per part del dit senyor Rey e
Jacme de monfort notaris publichs per part del dit honorable capitol a aço
deputats e en poder daquells feren inventari e capbreu publich de les dites
reliquies e joyes en la forma seguent
Primo una caxa
de pi cuberta de drap vermell ondada de veta blancha ab senyals darago e
Cicilia dins la qual foren atrovades les joyes e coses seguents...
Item lo calcer
hon Jhuxpt. consagra lo sanguis lo dijous de la cena fet ab dues anses dor ab
lo peu de la color que lo dit calcer es guarnit al entorn dor ab dos balays e
dos maragdes en lo peu e ab vinthuyt perles convinents de gruig de un pesol
entorn del peu del dit calcer diu per en ffrancesch Ferrer quals dits balays
son granats...» (Notal de Jaime Monfort, volumen 3.532, del Arch. de la Catedral de Valencia)].
Sigue todo el
inventario detallado de las demás reliquias, que eran las que se veneraban
primeramente en el palacio de la Aljafería de Zaragoza, y luego en la capilla
del Real de Valencia.
Merece
consignarse una nota que inserta el P. Rodríguez, el cual dice que la leyó en
un manuscristo que poseía en su tiempo un beneficiado de la catedral de
Valencia, la que traducida literalmente del valenciano, es como sigue:
«Lunes 2 de agosto
de 1428, el rey D. Alfonso V de Aragón volvió á convidar á comer al infante
de Portugal y á muchos otros caballeros, y les enseñó en su capilla al
infante las santas reliquias que el rey tenía...».
En dicha fecha,
pues, estaban ya en Valencia las reliquias de la Aljafería, y con ellas sin
duda, la sagrada joya, las cuales constan en el documento del que hemos
insertado el fragmento anterior. Dicha nota manuscrita no puede referirse á
otras reliquias, puesto que las que existían antes en la capilla ya fueron depositadas
en la catedral el 11 de abril de 1424, como queda dicho.
Desde 1437 se
guarda, pues, en la catedral de Valencia el santo Cáliz, tenido siempre por el
auténtico de la Cena del Señor, sin que desde entonces haya sido trasladado
á otra parte fuera de la iglesia, y así consta en los inventarios hechos de
las reliquias, los cuales se conservan en los archivos de la Catedral y del
Ayuntamiento. Hemos visto los que se hicieron en 5 de septiembre de 1506, en
tiempos de D. Fernando II el Católico; el de 29 de diciembre de 1516, el de 29
de septiembre de 1524, el de 19 de septiembre de 1658 y otros posteriores,
mencionándose en todos las preciosa alhaja descrita del mismo modo como existente
en el relicario de la sacristía de la Catedral. También se da cuenta del
santo Cáliz, custodiado en la referida sacristía, en los libros de la Visita
pastoral que de la Catedral han hecho la mayor parte de los prelados
valentinos.
Creemos que por
las notas transcritas queda demostrada evidentemente la identidad del santo
Cáliz que se venera en Valencia con el que existía en S. Juan de la Peña, el
cual era el mismo, según tradición universal y bastante documentada, que usó
nuestro divino Redentor en la noche de la Cena, y que informó la literatura
caballeresca medieval al convertirse su primitiva historia en leyenda popular.
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